Los principios del Derecho Económico se fundaron en los inicios de la sociedad, cuando el auge del intercambio de bienes provoco la creación de métodos para controlar negocios. El derecho económico el área del campo jurídico encargada de velar por el buen funcionamiento de la economía de una nación. Con poder de legislar y sancionar, el derecho económico representa todo un complejo sistema de control para transacciones monetarias, de bienes y servicios para así aportarle a la sociedad y garante de que sus posesiones se vigilan correctamente. El derecho económico supone un importante eje en la vida del ser humano, ya que los planes y estatutos que emanan de él comprenden la justa distribución de la riqueza nacional y propia de los habitantes.
El derecho económico posee una tarea de gran interés, su relación con el dinero implica una gran responsabilidad, su aplicación permite una regulación justa, de manera que las leyes que estipula el derecho económico son neutrales, el beneficio viene dado en el precepto de brindar seguridad a la operación como tal, para así evitar que las partes involucradas incurran en faltas a los principios morales y éticos del derecho económico. El reglaje definido para la seguridad de las transacciones abarca todo el campo económico, inclusive, sus conceptos y parámetros son usados en negocios de corrupción e ilegales ya que mas que un elemento de seguridad, es una forma de operar dinero, de controlar su movimiento y de rendir cuentas en ambos lados.
El derecho económico posee una tarea de gran interés, su relación con el dinero implica una gran responsabilidad, su aplicación permite una regulación justa, de manera que las leyes que estipula el derecho económico son neutrales, el beneficio viene dado en el precepto de brindar seguridad a la operación como tal, para así evitar que las partes involucradas incurran en faltas a los principios morales y éticos del derecho económico. El reglaje definido para la seguridad de las transacciones abarca todo el campo económico, inclusive, sus conceptos y parámetros son usados en negocios de corrupción e ilegales ya que mas que un elemento de seguridad, es una forma de operar dinero, de controlar su movimiento y de rendir cuentas en ambos lados.
La búsqueda de un concilio general en los acuerdos establecidos para el pago e inversión en bienes públicos y privados es una de las principales orientaciones del Derecho Privado en un país. Las regulaciones que son consideradas para el correcto funcionamiento del sistema económico son disciplinarias, autoritarias y suponen y describen un completo régimen de funciones legales propias de la seguridad impuesta.
Las organizaciones que tienen un intercambio de mercancía con otros países están estrechamente relacionadas con el derecho económico, pero este tiene un “Sustituto, el derecho aduanero” correspondiente que se encarga de velar por el transporte de existencias y su adecuada distribución a su punto de llegada, la comercialización hoy en día es muy importante para la evolución del sistema, pero mas relevante es en su momento, las barreras legales que evitan crisis económicas y debacles en la sociedad.
Métodos de regulación jurídica del derecho económico
Método de las prescripciones obligatorias
Al utilizar este método una de las partes de la relación jurídica le da a la otra, una instrucción obligatoria para ésta última. El problema se resuelve *unilateralmente
Método de acuerdo o de conciliación
Este método implica la solución de determinadas cuestiones por acuerdo mutuo de las partes de la relación jurídica.
Método de las recomendaciones
Con este método una de las partes actúa sobre la otra mediante consejos o recomendaciones cuya aceptación no es obligatoria para el último.
En la actualidad, aplicación de estos métodos
Los métodos no han variado pero hay que explicarlos y verlos en función de todas las transformaciones que han tenido lugar en nuestro país, existiendo un auge en la contratación económica, con un mayor florecimiento en el caso de los acuerdos de conciliación y por tanto con una mayor gestión empresarial.
En la actualidad a partir de la reforma constitucional de 1992, se introdujeron cambios en la planificación y en el comercio exterior, estableciéndose así las bases legales para los cambios que se implantaban.
En el curso de estos años se han emitido diversas leyes, decretos, resoluciones y reglamentos para regular las nuevas actividades e instituciones creadas; ya que la planificación se concentra en los aspectos mas esenciales permitiendo así una mayor gestión empresarial.
Principios del derecho económico
La unidad de la dirección política y económica.
La propiedad socialista sobre los medios fundamentales de producción.
El centralismo democrático.
Legalidad socialista.
Carácter planificado de la economía.
Autofinanciamiento.
De la combinación de las orientaciones.
Los principios no han variado pero hay que explicarlos a la luz de las transformaciones actuales. Ejemplo: el principio de la combinación de las orientaciones, que se establecen verticalmente; conjuntamente se decide a los niveles inferiores, sin embargo los niveles inferiores hoy en día tienen mayor posibilidad, mayor autonomía para decidir.
Sujetos del derecho económico
Sujetos de gestión
Formas empresariales estatales. Formas empresariales no estatales.
Sujetos de dirección
Ministerios y algunos organismos de la administración central.
Sujetos de gestión
Formas empresariales estatales
Son las que han existido siempre:
Empresas, se regulan por las normas de la unión y la em presa estatal
Uniones de empresas.
Aparecen nuevas formas de organización estatal:
Grupos empresariales
Asociaciones
Firmas
Cada una está regulada por la resolución específica que los crea y por que inciden en las relaciones económicas.
Formas empresariales no estatales
Son los nuevos sujetos que aparecen e inciden fundamentalmente en las relaciones económicas y entonces complejizan todo el panorama del derecho económico.
Empresas mixtas: se crean a raíz de los cambios implantados por la reforma constitucional de 1992, que reconoce como forma de propiedad la de las empresas mixtas, estas empresas mixtas se fundan a raíz de la inversión extranjera, con aporte de capital extranjero.
Sociedades mercantiles totalmente cubanas: son aquellas sociedades anónimas cubanas que se crean con capital totalmente cubano. En un primer momento se crearon para realizar funciones de importación y exportación, es decir funciones de comercio exterior, con el ánimo o propósito de burlar el bloqueo, para que aparentara en el ámbito internacional que el comercio exterior estaba desprendido del Estado Cubano y que por las deudas del Estado cubano no se fueran a embargar los bienes de estas sociedades. Esta forma ha proliferado; hoy en día existen otros tipos de sociedades de éstas que siguen adoptando esta forma de sociedades mercantiles cubanas y que no se dedican solo a la actividad del comercio exterior. Se hace una ficción jurídica, pues al final todo el patrimonio sigue siendo del Estado, o al menos él lo aporta. Estas sociedades tienen un régimen especial, algunos las llaman sociedades mercantiles, otros por tener dicho régimen jurídico especial las llaman sociedades mercantiles jurídicamente privadas y se discute de que sus bienes puedan ser embargables o no. Como en el caso de las empresas estatales, donde sus bienes son inembargables.
Trabajadores por cuenta propia.
Las empresas de capital totalmente extranjero, que a luz de la Ley 77/95 aparecen como parte de este sector.
Como parte del sector cooperativo: las UBPC; las CCS y las CPA.
Perfeccionamiento empresarial
La idea del perfeccionamiento es el autofinanciamiento; que las empresas cubran sus gastos con sus ingresos y además generen utilidades. Autogestión económica: plantea cierto grado de autonomía para las Empresas; ellas deben cumplir las metas centralmente asignadas y cubrir los gastos con sus ingresos. Con este mecanismo más descentralizado, se aspira a una mayor iniciativa empresarial y suplir rigideces que pudieran presentarse en una planificación centralizada.
Se deben emplear técnicas modernas de dirección empresarial, adecuadas a nuestras características y basadas en las mejores y más avanzadas prácticas contemporáneas, así como el amplio uso de todas las posibilidades de las tecnologías y servicios de información y las telecomunicaciones, priorizando esto a fin de garantizar la mayor eficiencia en la gestión y en los procesos productivos.
En el universo empresarial, las pequeñas y medianas empresas estatales deben desempeñar un papel dinámico y flexible en la producción y los servicios, así como en la creación de empleos. Estas entidades se caracterizarán por estructuras reducidas y una agilidad y ductilidad en su gestión productiva, económica y comercial que les permita adaptarse rápidamente a un mercado cambiante.
Elemento de gran importancia en el perfeccionamiento empresarial es la continuidad del actual proceso de redimensionamiento, como una vía para situar a las empresas en condiciones imprescindibles de efectividad en el uso de sus recursos, sanear su situación económica, aplicar sistemas salariales y de estimulación, implantar los nuevos mecanismos financiero-tributarios e introducir los enfoques más modernos de la práctica internacional. El perfeccionamiento requiere de empresas solventes, salvo excepciones por interés social.
El antecedente del perfeccionamiento empresarial esta en las FAR, donde por primera vez se aplicó, logrando la eficiencia de las empresas, logrando que cada una fuera rentable, que se autofinanciaran; a partir de esta experiencia se decidió extender esto a todo el sistema empresarial, poco a poco, en estos momentos hay muy pocas que pertenecen a este sistema, pero la idea es extenderlo a la totalidad de las empresas, y que aquellas que son irrentables desaparezcan totalmente o se fusionen con otras ;en fin lograr que el sistema empresarial estatal cubano sea totalmente rentable para evitar que el Estado cubano tenga que venir a subsidiar las pérdidas.
Cambios en el sistema empresarial cubano
El sistema empresarial cubano ha sufrido cambios profundos desde inicios de los años 90, referidos a la organización, facultades y funciones y a la admisión de nuevas formas de propiedad, algunos de ellos son:
Dolarización de las relaciones ínter empresariales.
Cooperativización de una parte importante de las granjas estatales.
Introducción de un sistema tributario.
Introducción de la dirección por objetivos y reforzamiento del uso de la informática y la contabilidad como instrumento de dirección.
Elaboración e introducción en las ramas y entidades más dinámicas de la economía de una nueva organización salarial que fortalezca el ingreso en moneda nacional.
Caracterización de las pequeñas y medianas empresas como estructuras reducidas con una agilidad y ductilidad en su gestión productiva, económica y comercial que les permita adaptarse rápidamente a las condiciones de un mercado cambiante.
Estos cambios revisten gran importancia para el derecho económico, ya que al adquirirse nuevas formas de propiedad, se adquieren nuevas normas y funcionamiento en la realización de la actividad económica y en el proceso de dirección, modificando las relaciones que se establecen en ella, o sea ,entre los organismos y organizaciones y entre las unidades estructurales.
Planificación
La planificación varia de una planificación de los recursos materiales a una planificación financiera; anteriormente se planificaba centralizadamente, ahora descentralizadamente, se le dan mayores posibilidades a las empresas y uniones de empresas, que participan en la elaboración de sus planes. Ya no existe el PUDES, hoy en día se habla de planes económicos generales por la situación económica que tenemos.
La planificación cambia de categorías materiales a categorías financieras;
antes se le planificaban los recursos a las empresas, hoy se planifica financieramente, por cifras; esto trae como consecuencia un auge del contrato, un mayor número de contratos no planificados y la mayor autonomía de gestión de la propia empresa que debe ir en aras de buscar la eficiencia y este es el cambio mas importante en la planificación.
Es decir, se concentra actualmente la planificación en los aspectos esenciales, permitiendo un mayor grado de decisión a nivel empresarial, junto con la introducción de un elemento de competencia respecto al mercado internacional en las relaciones ínter empresariales.
Desmonopolización del comercio exterior, según la Constitución sin modificar esa función del Estado cubano, llevada a cabo por el MINCEX.(Anteriormente era el único que ejercía esa función). En estos momentos existen un sin número de cientos de entidades que realizan operaciones de comercio exterior, por lo tanto, actualmente el MINCEX solo controla esta actividad y aprueba nomenclaturas, que es la lista que dice lo que se puede o no importar y exportar). Hoy en día hay empresas de turismo, del MINBAS y de otros ministerios que realizan actividades de este tipo, cambio fundamental en el esquema del derecho económico.
Cambio en la reestructuración de la banca, se desgajan del BNC único existente, anteriormente el BCC y los bancos comerciales, que son materia del derecho financiero, pero que inciden de alguna manera en el derecho económico. Reestructuración del sistema financiero-bancario, con la creación del Banco Central de Cuba y la diversificación de las instituciones bancarias y de sus funciones.
Descentralización de los precios mayoristas, aquellos medios fundamentalmente de materias primas e insumos que se compran y venden hoy en día, las empresas tienen una mayor autonomía para establecer los precios. Si bien es cierto que el Ministerio de Finanzas y Precios aún los controla, da en algunos casos determinada flexibilidad, para que sean las empresas quienes determinen a rasgo cierto que precios imponer a determinados productos; todo esto en beneficio de la eficiencia y de la autogestión empresarial.
Es decir, cambio en la forma de operar de los agentes económicos; antes el productor recibía los recursos productivos a través del plan y después el resultado de la producción se distribuía por medio de un plan de asignaciones a un precio fijo .Ahora la capacidad de compras en divisas está en manos del destinatario final, el cual en principio, no está obligado a subsidiar a otro productor a costa de sus propias necesidades o eficiencia. En estas transacciones los precios ya no son fijos, ni se forman como resultado de los costos, ahora está presente un precio de concurrencia que funciona como una opción para el comprador.
Otras transformaciones: como la determinación del turismo como motor impulsor de la economía; la creación de la infraestructura comercial; la tenencia de divisas; la despenalización del dólar y todas aquellas que juegan un papel en las relaciones económicas.
Cambios en la estructura de los órganos de la Administración central del estado
Planificación: sigue siendo centralizada va hacia la descentralización, habiendo una mayor autonomía, se pasa de planificación de recursos materiales a financieros. Desmonopolización del comercio exterior. Reestructuración de la banca. Descentralización de los precios mayoristas. Cambios en la contratación. Mayor número de contratos no planificados y autonomía de la voluntad. Determinación del turismo como motor impulsor fundamental de la economía. Despenalización del dólar.
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