Derecho Civil

Grupo de normas de tipo jurídicas del derecho que se encargan de regular las relaciones entre las personas o de tipo patrimonial, las cuales pueden ser voluntarias o forzosas, tanto físicas o jurídicas, privadas o públicas.



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Se conoce como derecho civil a aquél que se encarga de regir los vínculos privados que las personas establecen entre ellas. Está formado por las reglas jurídicas que articulan las relaciones patrimoniales o personales entre individuos (personas físicas o personas jurídicas). La finalidad del derecho civil es preservar los intereses del sujeto a nivel patrimonial y moral.

Esta rama del derecho acepta a cada ser humano como sujeto de derecho, independientemente de sus actividades particulares. Por lo general, está compuesto por las normas que forman parte del código civil.


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El Derecho Civil se encuentra conformado por diversas áreas jurídicas que rigen a los individuos, ya sea de manera individual o colectiva, a través de las llamadas personas jurídicas o morales. 

El Derecho Civil se encontrará inserto dentro de casi todas las acciones que realiza el individuo desde su nacimiento hasta su muerte.Durante la vida completa de un individuo se encuentra realizando actos que serán regulados por el Derecho civil, y es ahí donde radica la importancia de esta rama del derecho y del presente trabajo, ya que en éste se relacionan los actos tanto con la regulación aplicable y con las áreas de aplicación práctica.
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El antecedente más antiguo sobre el Derecho Civil lo encontramos en la época del imperio romano, donde coexistían dos tratados que regulaban al Derecho Civil, el ius civile y el ius gentium. El ius civile trataba sobre el derecho que tenían los ciudadanos romanos entre sí, basado en sus propias relaciones, mientras que el ius gentium, se basaba en las relaciones existentes entre los ciudadanos romanos y el resto de los pueblos.
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a)La Ley de las XII tablas. Se considera que fue en esta Ley donde surge el Derecho Civil, no es una ley meramente proveniente del Derecho Romano, ya que los romanos se inspiraron en la Leyes griegas para crearla, pero se debe mencionar que contiene un carácter esencialmente romano y que no es una copia simplemente de las leyes griegas.

En esta Ley resalta la creación de una división del Derecho en Público y Privado y la prohibición de contraer un matrimonio legítimo con los patricios. Esta Ley presentaba muchas imperfecciones, sin embargo presentó muchos progresos, tal es así que los romanos la consideraron como la fuente de su propio derecho. 

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El Derecho Civil insertó en la Ley de las doce tablas; fue objeto de una interpretación que llevaron a cabo durante el imperio romano los jurisconsultos. Gayo estableció que se decía “civil” para indicar en esa manera que sus normas eran la expresión del espíritu de la ciudadanía romana, de la comunidad de ciudadanos, que como partes integrantes del pueblo de Roma de acuerdo con su particular idiosincrasia. 


b) Edad Media. Durante la caída del imperio romano, los derechos que surgieron en el derecho romano, en la época de Justiniano, fueron acogidos por los pueblos bárbaros, se pensó que al ser este derecho acogido de manera definitiva daría como resultado la extinción del Derecho romano; sin embargo el Derecho romano siguió aplicándose en los siglos XII y XIII, durante este tiempo, un grupo de estudiosos de Derecho, sistematizaron y organizaron el conocimiento y análisis de los textos de la Compilación de Justiniano. Se realizó mediante notas Expertos en Derecho interlineales llamadas glosas las cuales sustituyeron al Corpus juris civile de los romanos.

En los años 1250 y 1500 surgieron los post glosadores, los cuales intentaron adaptar el pensamiento de los glosadores a las necesidades de su época y bajo la aparente interpretación del Derecho romano, trataron además de estudiar y coordinar los derechos estatutarios y consuetudinarios, fundamentalmente con propósitos prácticos, por lo que se consideran como principales continuadores de la evolución del Derecho.
 
c) Edad Moderna. En esta época el Derecho Civil obtiene su independencia del Derecho romano; además de establecerse el Estado absoluto generando como consecuencia que cada uno de los Estados produjera su propio tipo de Derecho, quedando establecido para cada área geográfica la regulación aplicable en cada caso. Al darse esta independencia existe ya una clara clasificación del Derecho, en Púlico y privado.






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